Procedimiento de tramitación
El Ayuntamiento de Basauri entiende imprescindible dinamizar en su municipio la recuperación y actualización del patrimonio edificado, a través de una política constante de fomento de la realización de las obras precisas.
El Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado, contempla la colaboración entre el Gobierno Vasco y sociedades municipales urbanísticas en orden a la gestión de ayudas a la rehabilitación, y específicamente para la recepción y comprobación de solicitudes de ayudas a la rehabilitación y su posterior remisión al organismo competente, así como el control, fomento, gestión, asesoramiento, información y coordinación de las actuaciones privadas de rehabilitación.
La rehabilitación debe partir de un análisis global de cada edificio que determine en cada caso las actuaciones más urgentes a realizar así como su prioridad temporal, para lo que se estima oportuno divulgar y fomentar el instrumento de la inspección técnica a la edificación, especialmente en aquellas edificaciones de una mayor antigüedad, tal y como se señala en el artículo 200 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de suelo y urbanismo del País Vasco.
Procedimiento de tramitación:
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Instalación de ascensor
Requisitos del edificio
- Más de 10 años de antigüedad
- No fuera de ordenación expresa (salvo vecinos con movilidad reducida o > 70 años)
- Mínimo PB + III (salvo vecinos con movilidad reducida o > 70 años)
Documentación necesaria
- Acta del acuerdo de la comunidad de propietarios
- Aprobando la instalación del ascensor
- Apoderando al Presidente para el cobro
- Solicitud de licencia de obras
- Proyecto Proyecto redactado por técnico competente
- Presupuesto desglosado por partidas
- Estudio Básico de Seguridad
- Documentación acreditativa de la minusvalía
- Certificado de empadronamiento
- DNI de la persona > 70 años
- Certificado de empadronamiento
Prioridad en la concesión
- Comunidades con vecinos con movilidad reducida o > 70 años
Cuantía
- 20 % del Presupuesto de Ejecución Material (sin IVA ni honorarios profesionales)
- Límite de 10.818,22 €
- Condicionado a la existencia de presupuesto
Otorgada la subvención
- Se abona el 50% a cuenta
- En 15 días se entrega el contrato con la empresa instaladora
- Certificado final de obra, para el abono del 50% restante
- En 1 mes, facturas del pago a la empresa instaladora
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Rehabilitación de la vivienda
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Conversión de locales en vivienda
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Inspecciones Técnicas a la Edificación
Next Generation
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Medidas antifraude
El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dispone en su artículo 22 que es una obligación de los Estados miembros la protección de los intereses financieros de la Unión Europea incluyendo tomar las medidas oportunas para prevenir, detectar y corregir el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
Para hacer efectivas las iniciativas planteadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las Administraciones Públicas deben adaptar los procedimientos de gestión y el modelo de control. Algunas medidas de agilización se establecieron mediante el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Además, en el desarrollo de un Sistema de Gestión que facilita la tramitación eficaz de las solicitudes de desembolso a los Servicios de la Comisión Europea, se ha aprobado la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En su artículo 6 exige la redacción de un plan de medidas antifraude para cada organismo gestor de fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) con el objetivo de asegurar la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
El Pleno del Ayuntamiento de Basauri ha aprobado con fecha 28 de abril de 2023 el oportuno Plan de Medidas Antifraude.
Plan Antifraude -
Canal de denuncias
Inspecciones Técnicas a la Edificación
Para la ejecución de obras indicadas en el informe de la I.T.E
Documentación necesaria:
- Solicitud de la subvención y de la licencia de obras
- El informe ITE correspondiente al Edificio
- Acuerdo de la Comunidad de Propietarios.
- Cuantía de la subvención:
- Ayuda de 1.000,00 euros para obras entre 10.000,00 y 40.000,00 euros
- Ayuda de 1.500,00 euros para obras de más de 40.000,00 euros
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Preguntas frecuentes
¿Qué es la Inspección Técnica de la Edificación?
Es un documento necesario para:
- Conocer el estado de conservación
- Conocer la necesidad o no de obras
- Acceder a ayudas públicas
¿Qué edificios precisan ITE?
Viviendas de más de 50 años de antigüedad
¿Y si no la hago?
- Posible ejecución subsidiaria a su cuenta por el Ayto
- No es posible acceder a ayudas públicas
¿Quién tiene que hacerla?
Propietarios
¿Qué profesionales pueden hacerla?
Profesionales y empresas capacitadas según la Ley Ordenación de la Edificación
¿Qué coste tiene?
1.000,00 € aproximadamente
¿Dónde se presenta?
En el Ayuntamiento, y se inscribe en el Registro del Gobierno Vasco
¿Qué efectos tiene?
- Obligación de realizar determinadas obras
- Es necesaria para acceder a ayudas del Gobierno Vasco.
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Recursos