• Rehabilitación

    Rehabilitación

    Gestionamos la rehabilitación de los edificios en nuestro municipio utilizando todos los instrumentos a nuestra mano.

  • Programa AGREE

    Programa AGREE

    El objetivo del proyecto AGREE es impulsar inversiones en la modernización eficiente de la energía de edificios privados de viviendas residenciales en el País Vasco

  • Bizinext

Procedimiento de tramitación

El Ayuntamiento de Basauri entiende imprescindible dinamizar en su municipio la recuperación y actualización del patrimonio edificado, a través de una política constante de fomento de la realización de las obras precisas.

El Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado, contempla la colaboración entre el Gobierno Vasco y sociedades municipales urbanísticas en orden a la gestión de ayudas a la rehabilitación, y específicamente para la recepción y comprobación de solicitudes de ayudas a la rehabilitación y su posterior remisión al organismo competente, así como el control, fomento, gestión, asesoramiento, información y coordinación de las actuaciones privadas de rehabilitación.

La rehabilitación debe partir de un análisis global de cada edificio que determine en cada caso las actuaciones más urgentes a realizar así como su prioridad temporal, para lo que se estima oportuno divulgar y fomentar el instrumento de la inspección técnica a la edificación, especialmente en aquellas edificaciones de una mayor antigüedad, tal y como se señala en el artículo 200 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de suelo y urbanismo del País Vasco.

Procedimiento de tramitación:

  • Instalación de ascensor

    Requisitos del edificio
      • Más de 10 años de antigüedad
      • No fuera de ordenación expresa (salvo vecinos con movilidad reducida o > 70 años)
      • Mínimo PB + III (salvo vecinos con movilidad reducida o > 70 años)
    • Documentación necesaria
      • Acta del acuerdo de la comunidad de propietarios
        • Aprobando la instalación del ascensor
        • Apoderando al Presidente para el cobro
      • Solicitud de licencia de obras
      • Proyecto Proyecto redactado por técnico competente
      • Presupuesto desglosado por partidas
      • Estudio Básico de Seguridad
      • Documentación acreditativa de la minusvalía
        • Certificado de empadronamiento
      • DNI de la persona > 70 años
        • Certificado de empadronamiento
    • Prioridad en la concesión
      • Comunidades con vecinos con movilidad reducida o > 70 años
    • Cuantía
      • 20 % del Presupuesto de Ejecución Material (sin IVA ni honorarios profesionales)
      • Límite de 10.818,22 €
      • Condicionado a la existencia de presupuesto
    • Otorgada la subvención
      • Se abona el 50% a cuenta
      • En 15 días se entrega el contrato con la empresa instaladora
      • Certificado final de obra, para el abono del 50% restante
      • En 1 mes, facturas del pago a la empresa instaladora

  • Rehabilitación de la vivienda
  • Conversión de locales en vivienda
  • Inspecciones Técnicas a la Edificación

Inspecciones Técnicas a la Edificación

Para la ejecución de obras indicadas en el informe de la I.T.E
Documentación necesaria:
  • Solicitud de la subvención y de la licencia de obras
  • El informe ITE correspondiente al Edificio
  • Acuerdo de la Comunidad de Propietarios.
    • Cuantía de la subvención:
    • Ayuda de 1.000,00 euros para obras entre 10.000,00 y 40.000,00 euros
    • Ayuda de 1.500,00 euros para obras de más de 40.000,00 euros
  • Preguntas frecuentes

    ¿Qué es la Inspección Técnica de la Edificación?
    Es un documento necesario para:
    • Conocer el estado de conservación
    • Conocer la necesidad o no de obras
    • Acceder a ayudas públicas
    ¿Qué edificios precisan ITE?

    Viviendas de más de 50 años de antigüedad

    ¿Y si no la hago?
    • Posible ejecución subsidiaria a su cuenta por el Ayto
    • No es posible acceder a ayudas públicas
    ¿Quién tiene que hacerla?

    Propietarios

    ¿Qué profesionales pueden hacerla?

    Profesionales y empresas capacitadas según la Ley Ordenación de la Edificación

    ¿Qué coste tiene?

    1.000,00 € aproximadamente

    ¿Dónde se presenta?

    En el Ayuntamiento, y se inscribe en el Registro del Gobierno Vasco

    ¿Qué efectos tiene?
    • Obligación de realizar determinadas obras
    • Es necesaria para acceder a ayudas del Gobierno Vasco.

  • Recursos